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	<title>Política de Privacidad &#8211; GENERADOR DE POLÍTICAS DE SEGURIDAD Y PRIVACIDAD</title>
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		<title>No te olvides de poner contraseña a tu pendrive</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Camaltec Diseño Web]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Mar 2020 12:07:30 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Política de Privacidad]]></category>
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					<description><![CDATA[Gracias a los pendrive o memorias usb podemos transportar nuestros datos fácilmente de un lugar a otro&#160;¿Pero qué pasa si lo perdemos o&#160;lo dejamos conectado&#160;en Leer más...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Gracias a los pendrive o memorias usb podemos transportar nuestros datos fácilmente de un lugar a otro&nbsp;¿Pero qué pasa si lo perdemos o&nbsp;lo dejamos conectado&nbsp;en otro PC?</p>



<p>Al ocurrir esto es muy fácil que cualquiera pueda acceder al dispositivo y disponer de la información que, a veces, puede ser delicada.</p>



<p>Poner una contraseña a tu pendrive es una forma de mantener seguros tus datos, aunque es la más sencilla y no es inquebrantable te protegerá de los robos de datos privados.</p>



<h2>¿Por qué debes poner una contraseña a tu pendrive? </h2>



<p><strong>Seguridad completa en los datos de tu pendrive</strong></p>



<p>La seguridad es una preocupación cada vez mayor entre los usuarios ya que durante los últimos tiempos existen más brechas de seguridad.</p>



<p>Al igual que los móviles disponen de número pin de seguridad por si se pierden o son robados, las memorias usb tienen esta capacidad, la más fácil de implementar y en varias ocasiones una de las más efectivas.</p>



<p>Sobre todo en pendrives que contengan datos que deben mantenerse seguros, como datos personales o fotografías que deben mantener su <strong>privacidad</strong>, en estos casos la forma más sencilla de mantener protegida la información es la contraseña.</p>



<h2>¿Cómo poner una contraseña al pendrive? </h2>



<p><strong>Programas para agregar contraseña a la memoria usb</strong></p>



<p>Un programa que permite poner contraseña a una memoria usb es Bitlocker de Microsoft, aunque hay otros esta es la alternativa más rápida para los usuarios de windows ya que viene preinstalado.</p>



<p>Los usuarios de un Mac lo tienen aún más fácil ya que viene de serie en el sistema operativo de la manzana, tan solo elegiremos la opción de codificar mediante clic derecho.</p>



<p>Algunos otros programas de cifrado son:</p>



<p><strong><a href="http://www.rohos-es.com/productos/rohos-mini-drive/">Rohos mini drive: </a></strong>Este programa crea una partición completa que se mantiene oculta y a la vez cifrada. Agrega todavía más seguridad a las opciones estándar. </p>



<p>Usb Safeguard: Otra alternativa a la contraseña habitual, esta herramienta protege todo el USB mediante cifrado AES de 256 bits resultando prácticamente inquebrantable. </p>



<p>Granite: Se trata del más sencillo del software de cifrado alternativo que mostramos, permite crear una carpeta cifrada en el pendrive, manteniendo las otras intactas.</p>



<p>Dependiendo de tu necesidad de protección elige el que prefieras, ya que cada uno ofrece diferentes grados de seguridad.</p>



<p>Cifrado mediante contraseña </p>



<h2>Cómo elegir una contraseña segura</h2>



<p>Al usar una contraseña en el pendrive, todos sus datos pasan a estar cifrados y sólo mediante esa contraseña se podrá tener acceso a la información.</p>



<p>Para maximizar todo lo que podamos la seguridad elegiremos una contraseña adecuada, siguiendo las buenas prácticas de seguridad como por ejemplo:</p>



<p>No usar nuestro nombre o apellidos ni el de familiares. No utilizar nuestra fecha de cumpleaños u otros datos personales reconocibles fácilmente. </p>



<h2>Emplear letras, números y caracteres especiales.</h2>



<p>Siempre emplea una contraseña segura y conserva tus datos bien protegidos.</p>



<p>Ahora que ya lo sabes, nunca dejes tus pendrive sin protección, sobre todo los que puedan contener datos privados, utiliza una buena contraseña y mantenlos a salvo de miradas indeseadas.<br></p>
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		<title>¿Qué es el Phishing?</title>
		<link>https://politicadeprivacidad.es/que-es-el-phishing/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Camaltec Diseño Web]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 14 Jan 2020 17:38:29 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Política de Privacidad]]></category>
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					<description><![CDATA[Seguro que aún conoces a muchas personas que no quieren dar datos en Internet de sus tarjetas, así como contraseñas u otros datos relevantes. Nos Leer más...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Seguro que aún conoces a muchas personas que no quieren dar datos en Internet de sus tarjetas, así como contraseñas u otros datos relevantes. Nos ponemos las manos a la cabeza, sí, pero ¿sabes qué? No están desencaminados en <strong><a href="https://politicadeprivacidad.es/">politicaedprivacidad.es</a></strong> te lo contamos:</p>



<p>Existe el Phishing, del cual hay que protegerse.</p>



<h2>Qué es el Phishing</h2>



<p>La tecnología y el uso de dispositivos electrónicos se ha vuelto una parte esencial de nuestra vida. Pues bien, esto nos ha facilitado la vida, pero también nos provoca miedos.</p>



<p>El Phishing es una forma de suplantar la identidad que consiguen delincuentes que se mueven como pez en el agua por la red. ¿Cómo lo logran? Haciéndose pasar por organismos oficiales, empresas de renombre o personas de confianza con el fin de robar nuestros datos para luego usarlos para su beneficio.</p>



<h2>Cómo hacen Phishing los profesionales del robo de datos</h2>



<p>En esta técnica de robo hay distintas formas de obtener los datos de las personas. </p>



<h2>Estas son algunas:</h2>



<p><strong><a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Smishing">Smishing: </a></strong>Se trata del envío de comunicaciones a través de mensajes de texto al móvil pidiendo que las personas accedan a páginas web fraudulentas. </p>



<p>Consiguen llamar la atención a través de sorteos, concursos o supuestos premios directos. </p>



<h2>Vishing</h2>



<p>Se consiguen los datos vía telefónica, haciéndose pasar por empresas conocidas y pidiendo verificación de datos. </p>



<p>Phishing: A través de correos electrónicos en los que se adjuntan archivos o algún software infectado con virus. También pidiendo que se acceda a páginas fraudulentas.</p>



<p>No obstante, ya sabes que todo cambia cada día y cada vez surgen nuevas formas de hacer Phishing.</p>



<h2>Cómo evitar ser víctima del Phishing</h2>



<p>Claro, viendo que pueden robarnos datos, lo que viene ahora es la pregunta del millón: ¿cómo evitar que nos hagan Phishing? </p>



<p><strong>Pues aquí unos consejos:</strong></p>



<p>Cuidado con las comunicaciones que recibes. Especialmente las que aseguran ser una entidad bancaria o un organismo oficial como Hacienda, Correos u otros. Recuerda que estos siempre se identifican con su página oficial y no con ninguna que lo parezca. Ten claro quien te escribe. No abras ni contestes emails, mensajes o llamadas de alguien que no sabes quién es. Cada organización o empresa, si es real, se identificará claramente y sin rodeos. No confíes en mensajes o emails que tengan errores ortográficos o gramaticales. Los profesionales siempre se dirigen a ti, ya sea escrito o hablado, de manera correcta. No confíes si se dirigen a ti en términos generales. Si no saben tu nombre, ¿para qué quieren tus datos? A buen entendedor… No accedas a links enviados en el correo. Si te piden acceder a una web, hazlo desde la web oficial. No des datos por correo electrónico. Nunca se piden datos personales, especialmente si estos son importantes a través del correo electrónico. Por tanto, niégate.</p>



<p>Cuidado con el Phishing. Ahora que ya todos sabemos lo que es, poner en práctica estos consejos nos protegerá de ser sus víctimas. Tú también puedes protegerte a ti y a los tuyos, especialmente si compartes esta información.</p>
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		<title>Privacidad y seguridad en la red: Consejos para salvaguardarlas frente a amenazas</title>
		<link>https://politicadeprivacidad.es/privacidad-y-seguridad-en-la-red-consejos-para-salvaguardarlas-frente-a-amenazas/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Camaltec Diseño Web]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 24 Jul 2019 10:24:14 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Política de Privacidad]]></category>
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					<description><![CDATA[Es cierto que en la actualidad los navegadores prometen seguridad y privacidad en el acceso web.&#160;¿Pero hasta qué punto pueden cumplir cabalmente las necesidades de Leer más...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Es cierto que en la actualidad los navegadores prometen seguridad y privacidad en el acceso web.&nbsp;¿Pero hasta qué punto pueden cumplir cabalmente las necesidades de los internautas estos softwares?; cuando requerimos que nuestra información sea hermética e inviolable, en ocasiones es necesario recurrir a otras herramientas que ofrecen prestaciones mucho más estrictas y adecuadas.</p>



<p>Las brechas de seguridad no solo afectan al individuo; recientemente un gran cúmulo&nbsp;de empresas ha visto sus puertas virtuales forzadas, dando como resultado una invasión a los datos de sus clientes de forma masiva. Sin duda, este tipo de noticias alerta al usuario común y despierta un nuevo estado de conciencia sobre la vulnerabilidad online.</p>



<h2>Servidor DNS; pros y contras</h2>



<p>Uno de los pasos más comunes ante una preocupación por la seguridad es la de intercambiar servidores DNS. Pero&nbsp;¿qué&nbsp;ofrece realmente esta alternativa?</p>



<p>Nuestro proveedor de internet nos brinda un servidor DNS gestionado por la compañía. De esta manera esta tiene el control sobre tus solicitudes en la red y la velocidad a la que se tramitan.&nbsp;Modificar el servidor y optar por otro de libre acceso como Cloudflare o el propio de Google no solo agilizará nuestra conexión sino que liberará nuestras búsquedas de la censura de la empresa telefónica. Por otro lado a veces esto no te será permitido y tendrás que utilizar el que se te asigna por defecto.</p>



<p>VPN; siéntete seguro</p>



<p>Para solucionar definitivamente nuestro problema de ansiedad,&nbsp;llegan las VPN (red privada virtual); Su objetivo es camuflar todo nuestro tráfico a través de las redes e impedir que nuestra identidad sea develada. Esta tecnología funciona&nbsp;como un filtro, no solo para las páginas de la web sino sobre tu propio proveedor que será incapaz de reconocer tú verdadero IP.</p>



<p>Creando un túnel entre el dispositivo con el cual te conectas y &nbsp;la “red de redes”,&nbsp;los servicios de VPN logran evadir casi cualquier método de invasión a tu privacidad. Si bien en casi todos los dispositivos podemos añadir una dirección VPN manualmente, en la actualidad la mayoría de los usuarios encuentran mucho más factible utilizar programas o apps destinadas a brindar este servicio. Estos últimos frecuentemente vienen con otras funcionalidades destinadas a incrementar tu protección.&nbsp;</p>



<p>Entre las prestaciones más acostumbradas, suelen ofrecerse los servidores internacionales. Es decir; que podremos acceder a contenido disponible en otros países que, por un problema de organización o censura, no son visibles o permitidos en el nuestro.&nbsp;</p>



<p>La encriptación de los datos es la característica que más destaca y la que busca la mayoría de los cibernautas; conocer que&nbsp;la&nbsp;información está siendo cifrada suele dar seguridad al usuario final.&nbsp;</p>



<h2>Tips para una conexión segura</h2>



<p>No podemos dejar de mencionar al gigante Tor. Utilizar sus herramientas suele brindar niveles de seguridad y anonimato superiores a cualquier otro servicio. No obstante, para su correcto uso se debe poseer un mínimo de conocimiento sobre su funcionamiento interno ya que pudiera convertirse en un arma de doble filo.</p>



<p>Ahora, revisar las url en las que navegamos, evitar correos spam y adjuntos de dudosa procedencia y mantener actualizado nuestro&nbsp;antivirus,&nbsp;suelen ser hábitos sanos para protegernos de ataques y estafas que intenten violar nuestra seguridad&nbsp;u obtener datos &nbsp;personales de forma &nbsp;maliciosa.<br></p>
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		<item>
		<title>RGPD: Las empresas sancionadas son ya más de 200.000 desde su entrada en vigor</title>
		<link>https://politicadeprivacidad.es/rgpd-las-empresas-sancionadas-son-ya-mas-de-200-000-desde-su-entrada-en-vigor/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Camaltec Diseño Web]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 24 Jul 2019 10:20:21 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Política de Privacidad]]></category>
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					<description><![CDATA[RGPD: Las empresas sancionadas son ya más de 200 000 desde su puesta en vigor Según &#160;datos ofrecidos por&#160;The&#160;Register; transcurridos poco más de nueve meses Leer más...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>RGPD: Las empresas sancionadas son ya más de 200 000 desde su puesta en vigor</p>



<p>Según &nbsp;datos ofrecidos por&nbsp;The&nbsp;Register; transcurridos poco más de nueve meses de la implementación del nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), los casos de violación de las principales reglas han estado develándose constantemente. La cifra actual de empresas sancionadas ya supera los 200 000 casos y enfrentan cuantiosas multas, empezando por Google.</p>



<p>Según el&nbsp;último&nbsp;informe emitido por la Junta de&nbsp;Protección de Datos de Europa (EDPB), la cantidad exacta de entidades involucradas es de nada menos que 206 326. De ellos, más de la mitad han sido resueltos y están cerrados (52 %) y otro pequeño porcentaje (1%) están actualmente sometidos a investigación y enfrentando juicios en los tribunales del país.</p>



<p>El monto total por sanciones impuestas debido al incumplimiento del RGPD asciende a la cifra de 55,96 millones de euros y una buena porción le pertenece al gigante Google, quién pagó una multa a las autoridades francesas (CNIL) de nada menos que 50 millones de euros.</p>



<p>Además de analizar y ofrecer las anteriores cifras, la&nbsp;Asociación internacional de profesionales de la privacidad, entidad que organizó&nbsp;la última conferencia en Londres, contó con la presencia de&nbsp;Mathias&nbsp;Mouline, Director de la junta de protección de derechos y sanciones del CNIL&nbsp;para el análisis del caso de Google y de las brechas de datos obtenidas mediante un controlador de datos. Unos 65 000 del total de casos abiertos ha sido detectados mediante el mismo sistema, además de la más de 95 000 quejas de usuarios y de otras compañías.&nbsp;En el caso de&nbsp;google, la anteriormente mencionada brecha era gigantesca e intrusiva y para sancionarlo se basaron en 5 factores: el tipo de violación, la escala, la cantidad de datos y de usuarios afectados y el tamaño de la compañía.</p>



<p>Paralelamente, la conferencia convocada por la&nbsp;Asociación internacional de profesionales de la privacidad&nbsp;también discutió respecto a la variedad de multas&nbsp;potenciales por violación de la ley en cuestión, las cuales pueden estar comprendidas entre&nbsp;medio millón de libras (en Reino Unido) y 20 millones de euros. También se propuso una multa del 4% de los ingresos anuales de la empresa sancionada. En ese punto,&nbsp;Stephen&nbsp;Eckersley, de la Oficina del Comisionado&nbsp;de Información de Reino Unido&nbsp;(ICO), expuso el trabajo de esta organización en conjunto con sus homólogas en Noruega y en Holanda para desarrollar&nbsp;una matriz de cálculo de multas en común.&nbsp;</p>



<p>Todos los presentes en el certamen han coincidido en que el período transcurrido desde la puesta en vigor del Reglamento General de Protección de Datos (RPGD) ha constituido una importante etapa de transición que ha incidido positivamente en todos los casos. Una prueba de ello es el constante aumento de los informes respecto a brechas de datos existentes, así como de las continuas denuncias, incluso por las propias empresas involucradas, sobre estos inconvenientes que tanto afectan la seguridad de los usuarios de la web.</p>



<p>En estos momentos, las entidades encargadas de regular la ley en cada país, se enfocan en la culminación de sus normativas e interpretaciones.<br></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
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		<item>
		<title>Así está afectando la implantación del RGPD en los departamentos de RRHH</title>
		<link>https://politicadeprivacidad.es/asi-esta-afectando-la-implantacion-del-rgpd-en-los-departamentos-de-rrhh/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Camaltec Diseño Web]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 24 Jul 2019 10:16:17 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Política de Privacidad]]></category>
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					<description><![CDATA[El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) se encuentra en vigor en nuestro país desde el 25 de mayo de 2018 y, por lo Leer más...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) se encuentra en vigor en nuestro país desde el 25 de mayo de 2018 y, por lo tanto, todas las empresas españolas tienen que organizarse de tal modo que los objetivos de esta normativa se cumplan. Pero, ¿cómo está afectando la implantación de la RGPD en los departamentos de Recursos Humanos de las entidades? Esta pregunta la responde la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) a través de la elaboración de una &#8216;Encuesta sobre el grado de preparación de las empresas españoles ante el RGPD&#8217; en la que también ha colaborado la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME), según la cual tan solo un 63,5 % de las pymes españolas, es decir algo más de seis de cada diez, tienen constancia de la nueva disposición frente a un 36,5% (casi cuatro de cada diez) que lo desconocen. No es descabellado afirmar que, entre todos los departamentos que configuran una empresa, el de los Recursos Humanos es el más afectado por esta disposición, puesto que si ya manejaban una alta densidad de información el nuevo procesado riguroso da la sensación de multiplicar por dos el volumen tan notable de datos personales que tratan y archivan.</p>



<p>Además de extenso, el volumen de datos a gestionar es diversidad y la batería de procesos a aplicar múltiples. Estamos hablando de un impacto que se extiende a todas las actividades de los RRHH desde el reclutamiento a la redacción de informes, de la gestión administrativa a las nóminas, de la formación a las evaluaciones. Los responsables del departamento de RRHH tienen que volver a estudiar los protocolos de gestión, mantenimiento y securización de los datos personales en el marco del RGPD y adquirir nuevas destrezas sin dejar de cumplir sus cometidos diarios.</p>



<p>Estas pautas tienen que aplicarse a todas las etapas del proceso y a todos los colaboradores inmersos, que tienen que presentar unas credenciales de formación y sensibilización ante el tema, como son los proveedores y subcontratistas.</p>



<p>Recordemos que la multa para la empresa denunciada asciende a 20 millones de euros o el 4% de su facturación anual en el ejercicio anterior (se escoge la suma de mayor importancia entre las dos modalidades), y que el proceso e investigación de dicha infracción puede proceder de cualquier organismo que gestione datos personales de ciudadanos de la Unión Europea dado que cualquiera de ellos está obligado a informar a la autoridad de control local competente, en un plazo de 72 horas, de cualquier irregularidad que haya detectado. La RGPD también está dejando su impronta en la deontología profesional de los servicios públicos.</p>



<p>Evidentemente, las sanciones van a convertir en imprescindible para las empresas asumir el RGPD y van a acelerar las tareas de adecuación de las mismas. Por las buenas o por las malas como en casi todo. El estudio también constata que el 51% de las empresas españolas prevé realizar cambios tecnológicos en sus equipos de tratamiento de datos, el 19% darle una oportunidad a la creación de empleo&nbsp; como derivación de esta medida y contratar más personal y un 16% apuesta por externalizar&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
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		<item>
		<title>¿Cumples con el RGPD? La consultora VASS ha elaborado un decálogo para ayudarte a saberlo</title>
		<link>https://politicadeprivacidad.es/cumples-con-el-rgpd-la-consultora-vass-ha-elaborado-un-decalogo-para-ayudarte-a-saberlo/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Camaltec Diseño Web]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 24 Jul 2019 10:13:16 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Política de Privacidad]]></category>
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					<description><![CDATA[¿No sabe si su pyme cumple los requisitos de la nueva ley de protección de datos? Está de enhorabuena. Ahora cuenta un manejable y riguroso Leer más...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>¿No sabe si su pyme cumple los requisitos de la nueva ley de protección de datos? Está de enhorabuena. Ahora cuenta un manejable y riguroso decálogo, elaborado por la consultora VASS experta en medidas de política de privacidad en entornos digitales, con el que no solo verificará si su empresa aplica el Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD) si no que sabrá algo más profundo: si se ajusta, si lo adopta correctamente, ya que no estar al día con el RGPD puede acarrearle multas con valor de 20 millones de euros o el 4% de la facturación anual del ejercicio previo.</p>



<h2>TOME CONCIENCIA</h2>



<p>El primer paso para adecuarse al reglamento es concienciarse de la importancia de la protección de datos. Si los empresarios y los trabajadores no tienen claro este concepto, los ajustes para cumplir con el RGPD siempre serán insuficientes e inútiles.</p>



<h2>ACREDITAR LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS</h2>



<p>Es altamente recomendable disponer de pruebas documentales de la adopción de medidas por parte de su entidad por si la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) lo solicita. La AEPD&nbsp; es el organismo público encargado de hacer cumplir el reglamento, y el satisfactorio intercambio de documentación con dicho ente le facilitará evitar sanciones.</p>



<h2>ELABORE UN HISTORIAL DE MOVIMIENTOS</h2>



<p>Elabore un documento que contenga el registro de actividades de recogida de datos y su finalidad, el nivel de seguridad de las medidas, el carácter del tratamiento aplicado y el destino interior o exterior de la cesión de datos almacenados – fuera o de dentro del Espacio Económico Europeo (EEE)-.</p>



<h2>REVISE LOS CONSENTIMIENTOS</h2>



<p>No hay una jerarquía entre ser fiel a los preceptos del mandato comunitario europeo y ser leal con la situación contractual establecida con el usuario suministrador de datos. Hay que revisar los consentimientos concernientes a extremos tales como “uso de datos para fines comerciales”, “enviar información por email”, documentos de confidencialidad de los trabajadores, etc. “Será necesario enviar de nuevo toda la información a los usuarios y empleados por motivos de transparencia y, además, hacerlo cuanto antes”.</p>



<h2>MEDIDAS DE SEGURIDAD ADECUADAS</h2>



<p>Las medidas de seguridad tendrán que ser realistas con la situación y el alcance de su empresa, dicha evaluación se obtiene de la realización de un análisis de riesgos por su compañía. Esta es la única fórmula para prevenir el peligro de un ciberataque y asegurar un idóneo uso de la información.</p>



<h2>EN CUANTO A LA NECESIDAD DE UN DELEGADO DE PROTECCIÓN DE DATOS (DPD)</h2>



<p>Va a necesitar certificar al encargado como Delegado de Protección de Datos a través de la AEPD &nbsp;si la corporación de la que es responsable interviene en alguna de estas categorías: &nbsp;&#8220;cuando se trate de un organismo público, si el responsable hace una monitorización y seguimiento de datos a gran escala y cuando dicha información tenga que ver con condenas o delitos de diferente índole (por ejemplo, la sexual).</p>



<p>Otras iniciativas que le reportarán una óptima actualización legislativa y logística de su entidad son establecer mecanismos de notificación, incorporar innovación tecnológica y crear una base de datos legal para el procesamiento de los datos personales.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
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		<item>
		<title>Cómo confeccionar las cajas de suscripción y los formularios, según el RGPD</title>
		<link>https://politicadeprivacidad.es/suscripcion-formularios-rgpd/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Camaltec Diseño Web]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 09 Dec 2018 09:33:40 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Política de Privacidad]]></category>
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					<description><![CDATA[Si tienes una empresa dedicada al ecommerce o cualquier otro tipo de web que opere con datos personales de terceros (como por ejemplo un blog), Leer más...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Si tienes una empresa dedicada al ecommerce o cualquier otro tipo de web que opere con datos personales de terceros (como por ejemplo un blog), probablemente ya sepas cuánto han cambiado las cosas desde el pasado 28 de mayo, fecha en la que entró en vigor el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Aunque los cambios a los que obliga la nueva legislación europea son muchos, en esta entrada focalizaremos la atención en las cajas de suscripción y en los formularios, dos mecanismos clave de cara a la captación de clientes para cualquier negocio digital.</p>
<p>Antes de que la Ley General de Protección de Datos (LGPD) cayera con todas sus restricciones, nuevas pautas y gran estridencia sobre los hombros de todos y cada uno de nosotros, los comerciantes virtuales, apelar al consumidor para recabar información útil (nombre, correo electrónico, población, aficiones, etc.) era muchísimo más sencillo. Si dicho usuario no decía lo contrario, el ‘consentimiento por omisión’ nos permitía añadir su información a nuestra base de datos a no ser que pronunciase su disentimiento de manera explícita. Sin embargo, desde la pasada primavera ese consentimiento debe ser ‘inequívoco’. Es decir, que el usuario de turno debe dar su aprobación para que podamos añadirlo a nuestro listado de clientes.</p>
<h2>La información multinivel</h2>
<p>Pero esto no es todo. Ni mucho menos. No basta con colocar la llamada casilla de ‘check box’ y que el usuario clique en “Aceptar <strong><a href="https://politicadeprivacidad.es">política de privacidad</a></strong>”. Además, debemos incluir un texto que explique, de manera sintetizada, en qué consiste dicha política de privacidad: esta es la llamada ‘primera capa informativa’. A continuación, debemos ofrecer al usuario la posibilidad de acceder (mediante un desplegable o clicando en hipervínculos destinados a tal efecto) a la información sobre nuestra política de manera desarrollada y detallada. Dicha información debe incluir, tal y como indica la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en su ‘Guía sobre el derecho a la información’, los siguientes epígrafes relacionados con el tratamiento que se dará a los datos facilitados: responsable, finalidad, legitimación, destinatarios, derechos y procedencia. En estas categorías se explica cómo será gestionada la información (atendiendo a su naturaleza), haciendo especial hincapié en los derechos del usuario.</p>
<h2>Usar el Reglamento General de Protección de Datos a nuestro favor</h2>
<p>Muchas empresas se tomaron la nueva legislación europea como una nueva forma más de controlar el comercio privado, de la que además muchos sacarían tajada (todas aquellas ‘entidades’ que de la noche a la mañana se erigieron como ‘expertos en Derecho Digital’, capacitados para aplicar el <a href="https://protecciondedatosmarcablanca.es/rgpd/"><strong>RGPD</strong> </a>en cualquier empresa que operase en Internet). Si bien es cierto que ambas apreciaciones son ciertas, no lo es menos que la nueva normativa puede suponer muchos más beneficios que pegas. Y el principal de ellos no es otro que el de lograr ganar la confianza y la fidelidad de nuestros clientes.</p>
<p>Según el ‘Estudio sobre la ciberseguridad y la confianza en los hogares españoles” (desarrollado por el Observatorio Nacional de las Telecomunicaciones y la Sociedad de la Información), menos de la mitad de los encuestados puede afirmar que se siente segura mientras navega por la red, aunque esta cifra, atendiendo a dicho informe, sigue aumentando de manera progresiva. Aún es demasiado pronto para saber cuánta culpa de ello está teniendo el RGPD, pero esta falta de perspectiva no impide advertir una verdad incuestionable: si las empresas en Internet cumplen a rajatabla con las directrices de la normativa europea, los usuarios creerán cada vez más en las marcas y se sentirán más cómodos realizando operaciones que impliquen un desembolso monetario sin moverse de su casa. Es decir, que el negocio digital seguirá creciendo e irá consolidando su estabilidad.</p>
<p>En definitiva, y aunque parezca una obviedad, para que Internet pueda sustentarse es preciso que la comunicación entre comerciantes y usuarios sea lo más clara y transparente posible. Pero para ello, el primer paso deben darlo las empresas implicadas, que no solo son los agentes más interesados en esta urgente evolución, sino también aquellos que tienen en sus manos (ya que poseen los medios necesarios, a los que ahora hay que sumar la obligatoriedad impuesta por el RGPD) la capacidad para construir ese puente para la correcta interactuación con su audiencia.</p>
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		<title>Quién es y qué hace un Delegado de protección de datos</title>
		<link>https://politicadeprivacidad.es/delegado-proteccion-datos/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Camaltec Diseño Web]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 09 Dec 2018 09:28:59 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Política de Privacidad]]></category>
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					<description><![CDATA[El nuevo Reglamento General de Protección de Datos trae nuevas exigencias en los diferentes departamentos de las empresas encargados de gestionar datos, o que tienen Leer más...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El nuevo <a href="https://rgpd.camaltec.es/"><strong>Reglamento General de Protección de Datos</strong></a> trae nuevas exigencias en los diferentes departamentos de las empresas encargados de gestionar datos, o que tienen algún tipo de relación con ellos. Uno de los requisitos fundamentales a partir de ahora será la <strong>contratación de un delegado de protección de datos</strong> en algunos casos concretos, pero, ¿sabes quién es y qué hace exactamente este profesional?</p>
<h2>Quién es el delegado de protección de datos</h2>
<p>El delegado de protección de datos es una figura indispensable para el correcto cumplimiento del nuevo Reglamento General de Protección de Datos en algunos casos concretos. No siempre es necesario y no en todas las empresas, así que la ley contempla cuáles son esos supuestos.</p>
<p>Este trabajador debe ejercer como especialista en el tratamiento de datos y el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos, siendo su misión principal la correcta gestión de los mismos y el uso de los protocolos adecuados.</p>
<p>Como norma general, su única labor o su labor principal será la gestión de datos sensibles o las funciones relacionadas con la supervisión del cumplimiento de las normas, ya que sus competencias se basan en la gestión adecuada de este tipo de informaciones.</p>
<p>Esta figura existe para controlar los departamentos susceptibles de manipular muchos datos, empresas cuya actividad depende prácticamente de ello o circunstancias en las que es importante contar con un responsable de esta actividad.</p>
<h2>Qué hace un delegado de protección de datos</h2>
<p>Son diferentes las funciones que ejercerá el delegado de protección de datos según el tipo de empresa o labor que desempeñe la entidad, ya que la gestión de datos se realiza en diversidad de contextos.</p>
<p>Cuando las actividades principales de la empresa están relacionadas con la recopilación de datos, es decir, son un imprescindible en el desarrollo de las funciones o servicios, el delegado de protección de datos ocupará la figura de responsable o encargado del tratamiento de datos.</p>
<p>En el caso de que una organización, compañía o empresa trate datos a gran escala porque así lo exige su tipo de actividad o servicio, será necesario nombrar a un delegado de protección de datos que ejerza un control sobre ese flujo masivo de información sensible. Es obligatorio con el nuevo reglamento que todas las empresas con esta característica dispongan de un delegado de protección de datos.</p>
<p>Las entidades que ejercen funciones de seguimiento o regulación de perfiles en internet, redes sociales o mailing manipulan constantemente datos sensibles y lidian con las políticas de privacidad digitales, por lo que necesitarán un delegado de protección de datos específicamente destinado al control de las normas y el correcto tratamiento de la <a href="https://politicadeprivacidad.es/"><strong>privacidad</strong></a>.</p>
<p>El delegando de protección de datos debe ser una figura de control interno y debe estar disponible y contactable, para ser consultado por cualquier tipo de organismo que lo requiera.</p>
<p>No debe recibir órdenes de la empresa ni puede ser despedido, ya que trabaja con la misión del seguimiento de las normas y esa es la doctrina inamovible que seguirá para desarrollar su actividad profesional independientemente de las contingencias y sistemas de la empresa en el resto de sus actividades.</p>
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		<title>Email Marketing y RGPD: Cuáles son tus obligaciones como empresa</title>
		<link>https://politicadeprivacidad.es/email-marketing-rgpd/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Camaltec Diseño Web]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 23 Nov 2018 12:27:17 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Política de Privacidad]]></category>
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					<description><![CDATA[Las campañas de email marketing son una de las herramientas más utilizadas por cualquier empresa, agencia o blog que opere en Internet. Junto con los Leer más...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Las campañas de <a href="https://www.camaltec.es/email-marketing/"><strong>email marketing</strong></a> son una de las herramientas más utilizadas por cualquier empresa, agencia o blog que opere en Internet. Junto con los formularios y las cajas de suscripción, forman un pack imprescindible de cara a la consecución de leads. Pero la entrada en vigor del Reglamento General de Datos (<a href="https://protecciondedatosmarcablanca.es/rgpd/"><strong>RGPD</strong></a>) cambió las reglas que debían tenerse en cuenta para la confección de todos estos instrumentos, unas reglas que afectan en cierta medida al aspecto y al formato de los mismos.</p>
<p>Según indican tanto el RGPD como la Ley Orgánica de Protección de Datos (<a href="https://protecciondedatosmarcablanca.es/lopd/"><strong>LOPD</strong></a>), a partir del pasado 28 de mayo toda entidad que maneje datos personales de terceros está obligada a ceñirse a ciertos parámetros, enfocados primordialmente a proteger la seguridad y los derechos de los usuarios en todo lo concerniente a la privacidad de su información. Porque, como recalca la nueva legislación europea, ellos (los usuarios) son los únicos dueños de sus datos, por lo que cualquier empresa que opere con los mismos debe mantener a su propietario informado en todo momento sobre el tratamiento que van a recibir.</p>
<p>Así, ya no está permitido, por ejemplo, ceder datos de usuarios o suscriptores a terceros, sea esta cesión con o sin fines comerciales, sin solicitar para ello el permiso (y obtenerlo de manera explícita) de su dueño. Asimismo, el antiguo ‘consentimiento por omisión’ es ahora una irregularidad: esta ‘facultad’ de las empresas virtuales era una especie de licencia tácita a través de la cual podíamos añadir a nuestra base de datos la información de un usuario a no ser que éste expresara su disentimiento de manera explícita. Dicha potestad ha sido sustituida por el ‘consentimiento inequívoco’, que obliga a incluir una check box en la que el usuario ha de clicar para expresar su conformidad y que podamos de este modo añadirlo a nuestro listado de suscriptores de forma legal. Junto a esta casilla debemos colocar el consabido “Acepto la política de privacidad”, así como una síntesis de en qué consiste dicha política y, más abajo (o en un desplegable o archivo adjunto de fácil acceso) el desarrollo de la misma.</p>
<p>El Reglamento General de Datos pone especial énfasis en que en todo texto dirigido a nuestros clientes o suscriptores prime la transparencia y la claridad. Es decir, que se acabaron los textos enrevesados e ilegibles (que, en muchos casos y siendo del todo sinceros, no buscaban otra cosa que apelar a la pereza del usuario para que nos diese su consentimiento sin tener del todo claro para qué serían utilizados sus datos). Tenemos que explicar al usuario qué uso y tratamiento van a recibir sus datos (en un texto que acompañará a cada uno de los correos de nuestra campaña de email marketing), con qué finalidad van a ser recabados, quién será el responsable de gestionarlos y durante cuánto tiempo (las llamadas ‘cláusulas de conservación’).</p>
<p>Un apartado aparte merece la comunicación establecida con sujetos menores de edad. Para que podamos dirigirnos a ellos a través de una campaña de email marketing es necesario que, previamente, al menos uno de sus progenitores (o tutores legales) haya dado su consentimiento explícito. Todos los puntos señalados en las líneas anteriores deben ser fácilmente acreditables por el responsable del tratamiento de los datos (idealmente, el Delegado de Protección de Datos), que hablará en este sentido y en caso de que sea necesario en nombre de su empresa. Esta cuestión cobra especial relevancia, ya que la nueva normativa europea deja bien claro que los usuarios, ateniéndose a la ‘tutela judicial efectiva’, podrán presentar reclamaciones o incluso indemnizaciones ante el órgano competente (la Agencia Española de Protección de Datos, en nuestro país) en caso de que consideren que sus datos no han sido tratados de manera correcta. Ello no solo podría acarrearnos cuantiosas sanciones, sino también perjudicar gravemente la reputación de nuestra organización.</p>
<p>En definitiva, nuestro consejo es que, si a estas alturas aún no has implementado todas las medidas necesarias para cumplir con el RGPD y la LOPD en tus campañas de email marketing, contrates lo antes posible a un experto en la materia (en Derecho digital y en el sector al que estén circunscritas las actividades de tu empresa) para que lleve a cabo a la adaptación.</p>
<p style="text-align: center;">Para adaptar tu empresa, recomendamos: <strong>RGPD Camaltec &#8211; Protección de datos ( https://rgpd.camaltec.es). <a href="https://rgpd.camaltec.es/">Expertos en adaptación al reglamento europeo</a></strong></p>
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		<title>Generador de Política de Privacidad en español</title>
		<link>https://politicadeprivacidad.es/generador-de-politica-de-privacidad-en-espanol/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 23 Jul 2016 16:35:29 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Política de Privacidad]]></category>
		<category><![CDATA[herramientas para webmasters]]></category>
		<category><![CDATA[política de privacidad]]></category>
		<category><![CDATA[política de seguridad]]></category>
		<category><![CDATA[protección de datos]]></category>
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					<description><![CDATA[Nuestra web esta de enhorabuena. Se ha convertido en un referente en la creación gratuita de políticas de privacidad online. Con centenares de peticiones diarias Leer más...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div id="noticia_blog" style="text-align: left;">Nuestra web esta de enhorabuena. Se ha convertido en un referente en la creación gratuita de políticas de privacidad online. Con centenares de peticiones diarias hemos generado en muy poco tiempo miles de textos que ayudan a muchos webmasters a adecuar su web frente a la ley.</div>
<div style="text-align: left;"></div>
<div style="text-align: left;">Hoy queremos expresar el agradecimiento por el soporte recibido durante este tiempo que nos ha empujado a mejorar día a día.</div>
<div style="text-align: left;">Inaguramos el blog de <a href="https://politicadeprivacidad.es">politicadeprivacidad.es</a> para proporcionar contenido de importancia, informativo y útil que los webmasters deben conocer relacionado con la Ley de Política de Privacidad y Protección de Datos.</div>
<div style="text-align: left;"></div>
<div style="text-align: left;">En futuras secciones del blog aportaremos contenido referente a ejemplos, multas, legalidad y opiniones de expertos.</div>
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<div style="text-align: left;">Una vez mas gracias por vuestro apoyo.</div>
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